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La nueva ley de autónomos

La nueva ley de autónomos


13-02-2018
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La nueva ley de autónomos


El pasado 1 de Enero de 2018 entró en vigor la nueva Ley de Autónomos. La Federación Nacional de Asociaciones de Autónomos (ATA) estima que durante este 2018 cerca de unos 65.000 nuevos autónomos se darán de alta en el RETA, y por supuesto todos estos nuevos emprendedores se podrán beneficiar de las nuevas mejoras.

Tarifa plana

Quizás el primer punto a destacar, sobre todo para aquellos que empiezan su andanza, es la ampliación de la tarifa plana. Para aquellas nuevas altas en el RETA se ampliará la Tarifa Plana a 24 meses, de manera que los nuevos autónomos los primeros 12 meses tan solo deberán pagar un cuota de 50€/mes. Los 6 meses siguientes a las 12 mencionados, se aplicará una reducción de la cuota de un 50%, quedando así una cuota de 137,92€/mes. Y por último los 6 meses restantes la reducción será de un 30%, teniendo así que abonar 192,79€7mes. Por otro lado los autónomos societarios no se podrán beneficiar de esta tarifa plana ni de sus bonificaciones, y además la cuota para ellos se incrementa en 13€ mensuales pasando de 344€ a 357€.

Bonificaciones RETA

Otro de los aspectos a comentar es que con los nuevos cambios es más sencillo que podamos optar a las diversas bonificaciones que ofrece el RETA. Esto es debido a que el tiempo exigido sin cotizar como autónomo para poder disfrutar de nuevo de estas bonificaciones se reduce de 5 a 2 años. En relación a un mayor acceso a las bonificaciones, también debemos mencionar que a partir de ahora las madres autónomas estarán exentas de pagar la cuota de autónomos durante la baja maternal. Además también se podrán beneficiar de una tarifa plana con cuota 50€/mes durante el primer año de la reincorporación laboral.

Altas, bajas y cambios de base

También hay cambios a destacar en los plazos temporales a los cuales estaba sujeta la antigua Ley de Autónomos. A partir de este año el autónomo cotizará desde el día que se dé alta y no el mes completo, es decir, únicamente pagará por los días exactos cotizados. Además ahora los profesionales autónomos podrán cambiar hasta 4 veces al año la base de cotización. Otro apunte interesante es que ahora los autónomos se podrán dar de alta y de baja en el RETA hasta 3 veces por año natural, lo cual es ideal para aquellos autónomos que desempeñen actividades de carácter estacional o trabajen a partir de proyectos específicos.

Otros aspectos

Otros cambios a mencionar son la reducción de los recargos en los pagos de cuota atrasados (ha pasado del 20% al 10%), la deducción del 30% de los suministros a la cual podrán acogerse los autónomos que trabajen desde casa, o la posibilidad de deducirse las dietas siempre y cuando el autónomo se vea obligado a comer fuera de casa.


Para más información no dude en contactar con nosotros o puede consultar el texto legal íntegro aquí:

 
 

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