RENTING O LEASING
El “renting” y el “leasing” son dos formas de financiación con una estructura similar de funcionamiento. Como definición general podemos decir que estos dos conceptos consisten en el alquiler a medio/largo plazo de un bien inmueble, un vehículo, equipo o maquinaria.
Se considera que son formas de financiación porque las empresas o personas físicas que contratan un “leasing” o “renting” NO desembolsan el valor total del bien, sino que pagan mes a mes una cuota. Esto permite por un lado que el empresario NO tenga la necesidad de disponer de todo el capital que requiere la inversión, y por otro lado una mayor liquidez para la empresa al no invertir el capital en inmovilizado.
Dado que se tratan de conceptos muy similares, a continuación vamos a ver las características de cada una de ellas, y sus principales diferencias:


Renting:
- El contrato de “renting” se puede hacer de forma particular, NO es necesario ser autónomo o empresa para firmar este tipo de financiación.
- Esta forma de financiación NO permite la adquisición del bien una vez haya finalizado el contrato. Con la finalización del contrato se suelen plantear dos opciones, o prorrogar el contrato para continuar usando el bien del que ya disponemos, o realizar un nuevo contrato adquiriendo un bien nuevo.
- Los contratos son más flexibles, suelen ir de 1 a 5 años.
- El “renting” suele contemplar dentro de la cuota mensual abonada los costes derivados del mantenimiento y desgaste del bien.
- A nivel de costes el “renting” suele ser más caro que el “leasing”, esto es debido a la inclusión de los costes derivados del mantenimiento del bien.
Leasing:
- Un contrato de “leasing” tiene que estar realizado por una empresa o autónomo, por lo que el bien alquilado estará destinado a un uso empresarial.
- El “leasing” es una operación que permite abrir una opción de compra una vez el contrato de alquiler ha finalizado. Si la empresa desea adquirir el bien, deberá pagar el valor residual que se haya pactado previamente en el contrato.
- Los contratos “leasing” suelen ser más estrictos, y tiene que estar regulados por una entidad de crédito. La duración suele ser mínimo de 2 años.
- Con la finalización del contrato NO es obligatorio la compra del bien. Como norma general las empresas de “leasing” dan a escoger al cliente si quieren adquirir de forma definitiva el bien, o prefieren realizar un nuevo contrato de “leasing”.
- Los costes de cuota mensual suelen ser más bajos que en el “renting”, pero esta forma de financiación suelen implicar una entrada de líquido inicial, y un pago final para cerrar la compra del bien.
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