El mes de abril es clave para autónomos y pequeñas y medianas empresas (PYMEs) en lo que respecta a sus obligaciones fiscales. A continuación, explicamos los modelos tributarios que deben presentarse, su finalidad y los plazos límite para cumplir con estas responsabilidades.
Hasta el 21 de abril de 2025
Pagos Fraccionados del IRPF
Los autónomos que tributan en régimen de estimación directa u objetiva deben presentar el pago fraccionado del IRPF correspondiente al primer trimestre de 2025:
- Modelo 130: Para autónomos en estimación directa, este modelo se utiliza para declarar los ingresos y gastos trimestrales, pagando un porcentaje sobre el rendimiento neto.
- Modelo 131: Para autónomos en estimación objetiva (módulos), en el que se calcula el impuesto en función de parámetros específicos como metros del local o número de empleados.
Retenciones e Ingresos a Cuenta
Las PYMEs y autónomos que practiquen retenciones deben presentar las siguientes declaraciones:
- Modelo 111: Retenciones practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios.
- Modelo 115: Retenciones por alquileres de inmuebles urbanos.
- Modelo 123: Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario.
Estos modelos deben presentarse tanto si la empresa es una gran empresa (mensual) como si es una PYME (trimestral).
IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)
Las empresas y autónomos que operen con IVA deben presentar:
- Modelo 303: Autoliquidación del IVA correspondiente al primer trimestre de 2025. Se declaran las cuotas de IVA repercutidas y soportadas.
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, obligatoria si se han realizado compras o ventas dentro de la UE.
- Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica para aquellos sujetos pasivos que no están obligados a presentar el modelo 303 de manera regular.
Hasta el 30 de abril de 2025
Declaraciones de IVA Mensuales
Para aquellas PYMEs acogidas al régimen de devolución mensual (REDEME) o pertenecientes a grupos de IVA:
- Modelo 303: Autoliquidación mensual del IVA.
- Modelo 322 y 353: Declaraciones para grupos de entidades.
- Modelo 369: Régimen de ventanilla única para comercio electrónico y ventas a distancia en la UE.
Otras Declaraciones Fiscales
- Modelo 195: Información sobre cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF.
- Modelo 490: Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, aplicable a empresas que presten servicios digitales sujetos a esta tributación.
- Modelo 593: Autoliquidación del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos e incineración.